Condominiosabino.co.nf
REGLAMENTO
FRACCIONAMIENTO "LAS ARBOLEDAS
DE CIUDAD BAJÍO"
UBICADO EN LA CIUDAD DE SALAMANCA, GUANAJUATO.
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ÍNDICE DE CONTENIDO
CAPÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES
1.1: OBJETIVO DEL REGLAMENTO
1.2: OBLIGATORIEDAD DEL REGLAMENTO
1.3: APLICACIÓN DEL REGLAMENTO
1.4: OBLIGACIONES
CAPÍTULO II: DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS CONDÓMINOS
CAPÍTULO III: NORMAS GENERALES
3.1: ESTACIONAMIENTOS
3.2: LÍMITES DE VELOCIDAD Y RESPETO DE NORMAS DE
3.3: APROVECHAMIENTO Y RESPETO DE BIENES COMUNES
3.4: TENENCIA DE MASCOTAS
3.5: FIESTAS Y EVENTOS ESPECIALES
3.7: NEGOCIOS COMERCIALES DENTRO DEL CONDOMINIO
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3.8: RELACIONES INTERPERSONALES
3.9: ÁREAS DESIGNADAS PARA FUMAR
CAPÍTULO IV: USO DE SUELO
4.1: PROPIEDAD PRIVADA
CAPÍTULO V: ADMINISTRACIÓN DEL CONDOMINIO
5.1: EL ADMINISTRADOR DEL CONDOMINIO
5.2: EL COMITÉ ADMINISTRATIVO
5.3: LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS
5.4: EL DEPARTAMENTO DE SOCIOLOGÍA
CAPÍTULO VI: PAGO DE GASTOS COMÚNES
6.1: LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO
6.2: ALUMBRADO DEL CONDOMINIO
6.3: CUOTAS EXTRAORDINARIAS
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CAPÍTULO I.
DISPOSICIONES GENERALES
1.1 OBJETIVO DEL REGLAMENTO
El presente reglamento interno tiene como finalidad el logro de la mejor convivencia y calidad de vida de todos los residentes del Condominio "Del Tepeyac" del fraccionamiento "Las Arboledas de ciudad Bajío", velando además por la mejor conservación de los bienes comunes, el aseo, la seguridad y salubridad del condominio.
La buena voluntad, el buen trato hacia los vecinos y personal del condominio, el respeto a los espacios ajenos y al silencio y/o privacidad que puedan aportar en forma generosa cada uno de los propietarios y demás ocupantes, se considerarán principios esenciales para lograr una mejor calidad de vida. En consecuencia, es responsabilidad de todos y cada uno de los copropietarios el hacer cumplir estas normas.
1.2 OBLIGATORIEDAD DEL REGLAMENTO
El cumplimiento de éste reglamento es obligatorio para todos los propietarios, ya sean personas físicas o morales, así como todas personas que habiten y/o hagan uso de las instalaciones del Condominio "Del Tepeyac" del fraccionamiento denominado "Las Arboledas de ciudad Bajío".
Todos los Condóminos o arrendatarios se obligan a cumplir las normas establecidas en el presente reglamento independientemente de que ocupe su vivienda o no.
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El no cumplimiento de éste reglamento por el copropietario, arrendatario u ocupantes a cualquier otro título, en cualquiera de los ítems que a continuación se presentan, dará derecho a la administración a proceder en la siguiente forma: el residente será amonestado de manera escrita. En tal evento, la infracción quedará debidamente anotada en el libro especialmente habilitado para este tipo de situaciones y, los responsables de certificar el hecho serán: El Administrador, el guardia de turno, el departamento de sociología establecido por la empresa inmobiliaria o algún miembro del Comité Administrativo. En caso de reincidir, el Comité Administrativo examinará el caso y determinará una multa, la cual será ejecutada por el Administrador y deberá ser pagada por el residente infractor en un periodo no mayor a diez días hábiles a partir del día en que se estableció dicha multa.
1.3 APLICACIÓN DEL REGLAMENTO
Con el fin de lograr el cumplimiento de lo establecido en este Reglamento, se designará un Comité Administrativo y un administrador de condominio, quienes serán los organismos responsables de llevar a cabo la administración, control y vigilancia de lo aquí establecido. Dicho comité será supervisado y apoyado por el departamento de Sociología. Lo no previsto en este Reglamento, se regirá por las disposiciones contenidas en la legislación que resulte aplicable en la materia y lo establecido en los instrumentos de transmisión de la propiedad de las viviendas del Condominio "Del Tepeyac" del Fraccionamiento "Las Arboledas de ciudad bajío".
1.4 OBLIGACIONES
El Condómino que no cumpla con sus obligaciones o por sus acciones cause daños y perjuicios, podrá ser demandado en términos de la ley
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y del reglamento interno de convivencia, de acuerdo al Acta constitutiva de la Asociación y a las Actas de las Asambleas que regulan el fraccionamiento, apegados al Código Civil del estado de Guanajuato, al Reglamento de Condominio y al Reglamento de construcción en general. Si fuere en función del incumplimiento del pago de la cuota de mantenimiento ordinaria o extraordinaria, a partir del inicio del 2do. Mes de adeudo, sin que con ello causare un conflicto a los Condóminos o a la Administración, se turnará su caso al departamento legal, siendo responsable de cubrir todos los gastos que se generaran por este efecto el Condómino demandado. Todos los recibos de pago actuarán como títulos ejecutorios (pagarés) que serán presentados junto con la demanda para su cobro.
Es obligación de todos y cada uno de los Condóminos cubrir con la cuota correspondiente al pago de gastos comunes, referente a los servicios de vigilancia y seguridad privada, mantenimiento, limpieza, jardinería y riego de áreas comunes y admininistración una vez que se haya tomado posesión física y legal de la vivienda o departamento en cuestión independientemente de que la vivienda o departamento se habite o no.
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CAPÍTULO II.
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS CONDÓMINOS
2.1.- El Condómino tendrá derecho de propiedad exclusivo de su vivienda y derecho de copropiedad de los elementos y partes del condominio que se consideren comunes. El uso y goce de los bienes comunes favorece a todos los copropietarios de las viviendas y a las personas a quien éstos cedan su uso y goce, sin perjuicio de las obligaciones recíprocas y las limitaciones que impone o hace necesario el uso y goce común de los bienes citados. En consecuencia los copropietarios de las viviendas podrán servirse de los bienes comunes empleándolos para su destino natural y ordinario, sin dificultar el ejercicio del mismo derecho que corresponde a los demás propietarios y ocupantes.
2.2.- El Condominio "Del Tepeyac" del fraccionamiento "Las Arboledas de ciudad bajío" posee áreas verdes y zonas de recreación a las cuales se les denomina bienes comunes. Dichos bienes tienen la finalidad de fomentar la recreación, el deporte y la convivencia en cada uno de los copropietarios.
Se entiende por bienes comunes (áreas de recreación):
A) Las áreas verdes comunes.
B) Las canchas de fútbol y básquetbol.
C) Las áreas de Juegos Infantiles.
D) Las áreas de asadores.
F) Los libres accesos al fraccionamiento.
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G) Caseta de control y vigilancia.
H) Espacios destinados a albergar los contenedores de basura.
I) El área de Arboleda (Ciclopista, Andador y áreas verdes recreativas)
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CAPÍTULO III.
NORMAS GENERALES
3.1. COCHERAS Y ÁREAS DE ESTACIONAMIENTO
Cada vivienda cuenta con su área de estacionamiento también denominada como Cochera.
A) Las áreas de estacionamiento podrán ser utilizadas única y exclusivamente por su propietario o bien por un usuario legítimo con autorización del propietario en cuestión.
B) Los visitantes únicamente podrán utilizar las vialidades del fraccionamiento permitidas por tránsito que no obstruyan el acceso de ninguna cochera.
En departamentos:
Cada departamento cuenta con un cajón de estacionamiento previamente establecido.
A) Los cajones de estacionamiento podrán ser utilizados única y exclusivamente por su propietario o bien por un usuario legítimo con autorización del propietario en cuestión, dicha autorización deberá ser entregada por escrito al administrador del condominio.
B) La cuota semanal de mantenimiento no incluye el cuidado del estacionamiento por parte del guardia en turno. Es responsabilidad de cada uno de los propietarios el no dejar dentro de sus vehículos objetos del valor, ya que la pérdida de uno de éstos será responsabilidad misma del propietario y no del guardia en turno ni de la empresa inmobiliaria.
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C) Es obligación del propietario procurar la limpieza, mantenimiento, cuidado y riego de su cajón de estacionamiento.
3.2.- LÍMITES DE VELOCIDAD Y RESPETO DE NORMAS DE VIALIDAD
A) Deben respetarse todos los señalamientos y límites de velocidad establecidos por tránsito
B) El máximo límite de velocidad permitido dentro del fraccionamiento es de 20 km/h
C) El peatón lleva preferencia en todas las áreas de tránsito dentro del fraccionamiento.
3.3 APROVECHAMIENTO Y RESPETO DE LOS BIENES COMUNES
Los bienes comunes y las áreas de recreación con las que cuenta el Condominio "Del Tepeyac" del Fraccionamiento Las Arboledas de ciudad bajío tienen la finalidad de promover la convivencia tanto familiar como vecinal. Dichas áreas son para el uso y goce de todos y cada uno de los copropietarios, siempre y cuando se cumplan y respeten las siguientes normas:
particulares en cualquiera de las áreas comunes del Fraccionamiento, ya sea la zona de estar, áreas de asadores, las áreas de juegos infantiles, canchas de Fútbol o básquetbol o el Área de arboledas.
B) Se prohíbe el uso de cualquier tipo de aparatos de sonido
en las áreas libres ya que pueden perturbar el orden y tranquilidad del resto de los vecinos
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C) Se prohíbe dejar restos de comida o cualquier tipo de
basura en cualquiera de éstas áreas.
D) Los Condóminos podrán utilizar sillas, lonas y manteles
dentro de las áreas verdes del Fraccionamiento siempre y cuando se restrinja a un máximo de cuatro sillas y una lona por familia. No se podrán utilizar sillas o lonas en las canchas deportivas.
E) Para utilizar las áreas de asadores o cualquier área
común con el fin de realizar una reunión privada, deberá registrarse previamente con el Administrador.
F) Se prohíbe el acceso en automóvil, bicicleta, motocicleta
o cualquier otro tipo de vehículo dentro de las áreas verdes, zonas de estar, áreas de Juegos Infantiles y Canchas. Dichos vehículos únicamente podrán ingresar en las vialidades de tránsito previamente establecidas.
G) Se prohíbe podar o alterar total o parcialmente
cualquiera de los árboles, plantas, césped y demás arbustos dentro del Fraccionamiento, en caso de que alguno de éstos ocasione algún conflicto deberá ser reportado en administración quien a su vez informará al personal de mantenimiento, quienes son los únicos autorizados para realizar dicha acción.
H) Se prohíbe el uso de lenguaje altisonante o acciones que
atenten contra la moral y buenas costumbres en cualquier área común del fraccionamiento, en caso de infringirse esta norma, el comité administrativo o el guardia en turno tendrán la facultad de hacer un reporte a las autoridades por faltas a la moral en la vía pública y serán las autoridades quien dictaminen la sanción.
I) El horario dentro del cual se podrá hacer uso y
aprovechamiento de las canchas deportivas, áreas de
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juegos infantiles y asadores será de las 8:00 horas hasta las 22:00 horas de lunes a sábado y el domingo de 9:00 horas hasta las 22:00 horas.
J) Todos los objetos establecidos en las áreas libres del
Fraccionamiento tales como los juegos infantiles, mesas, bancas,
responsabilidad de todos los Condóminos, quienes deberán encargarse de su cuidado, limpieza y mantenimiento.
K) Es obligación de todos los Condóminos el hacerse cargo
del mantenimiento y cuidado de accesos al Fraccionamiento, pavimento, banquetas, guarniciones, bardas y rejas del Fraccionamiento. La destrucción total o parcial, desgastamiento, o cualquier daño que pueda ocurrir en cualquier área del Fraccionamiento, deberá ser reparado de inmediato, y se hará el cargo correspondiente de reparación al Condómino en cuestión que haya ocasionado dicho perjuicio. En caso de desconocerse la procedencia de dicho acto, será obligación de todos los Condóminos realizar dicha reparación por medio de una cuota extraordinaria de mantenimiento. El administrador será el encargado de realizar el presupuesto, convocar la asamblea y recabar los importes correspondientes.
L) Se prohíbe el lanzamiento de cualquier objeto en
cualquier área del Fraccionamiento que pueda agredir a cualquier individuo o bien cualquier propiedad ajena. Dicha acción será considerada una falta grave y se dictaminará una sanción por el comité administrativo.
M) No se permite que los menores o cualquier otra persona,
realicen ningún tipo de juego o prácticas deportivas
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dentro de vialidades de tránsito y entradas del Fraccionamiento.
N) Se prohíbe el uso de bebidas alcohólicas en cualquier
área del Fraccionamiento exceptuando el interior de cada Vivienda si su propietario así lo permite y mantenga la puerta cerrada
O) Se prohíbe terminantemente el uso de cualquier
sustancia ilegal o alucinógena en cualquier área del Fraccionamiento. Cualquier persona que posea éstas sustancias será reportada inmediatamente a las autoridades correspondientes.
3.4.- TENENCIA DE MASCOTAS
Se permite la tenencia de mascotas siempre y cuando éstas sean animales domésticos y acaten estrictamente todas las normas que señalen la autoridad sanitaria y el presente reglamento. Sólo se permitirá tener animales domésticos que no estén prohibidos; que su cantidad, tamaño, raza y costumbres sean acordes a la vida del fraccionamiento, siendo deber y responsabilidad absoluta del propietario de dicha mascota cumplir con los reglamentos necesarios para que éstas tengan una adecuada alimentación, cuidado médico veterinario e higiene para que de esta forma no sean un factor de riesgo para el resto de los vecinos.
El tipo de mascotas permitido dentro de las viviendas son los siguientes:
A) Perros de raza pequeña.
En departamentos: entre 5kg o menos hasta 15 kg, se prohíbe la tenencia de perros de raza grande (16kg en adelante). Algunos ejemplos de razas permitidas son:
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Chihuahua, French Poodle, Teckel (Salchicha), Cocker Spaniel, Beagle, Bulldog, Schnauzer, Carlino (Pug), Shar Pei, Basset Hound, o cualquier raza semejante que cumpla con los estándares de peso previamente establecidos y una altura a la cruz no mayor a 30 centímetros en la edad adulta. Se limita a un máximo de un perro por departamento.
B) Aves pequeñas o medianas C) Conejos, roedores, hurones. D) Gatos. Se permite la tenencia de gatos en el
fraccionamiento siempre y cuando permanezcan dentro de la vivienda y no causen algún daño o perjuicio a cualquier otra área.
Cualquier animal que no se encuentre listado deberá ser consultado con el comité administrativo quién dictaminará si su acceso al fraccionamiento no provee riesgo alguno para la paz y tranquilidad de todos sus habitantes.
3.4.1 NORMAS OBLIGATORIAS A LOS PROPIETARIOS DE MASCOTAS
Todas las personas que posean una mascota dentro del condominio deberán cumplir con las siguientes normas con el fin de proveer seguridad y tranquilidad tanto personal como para el resto de los habitantes.
A) No se permite el libre acceso de ningún perro u algún otro
tipo de mascota en alguna de las áreas libres del condominio si éste no está acompañado de su propietario y utiliza una correa.
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B) No se permite que ningún animal realice sus necesidades en
ningún área libre del fraccionamiento, de ser así, el propietario tiene la obligación de recoger las heces de su mascota con el fin de mantener el orden, limpieza e higiene dentro del condominio.
C) Las heces de su mascota deberán ser separadas en una bolsa
hermética, la cual deberá clasificarse como materia orgánica en los contenedores de basura.
D) El propietario tendrá la obligación de vacunar a su mascota
(de cualquier raza, género y especie) conforme a todas las enfermedades y riesgos establecidos por el médico veterinario.
E) Es obligación del propietario mantener higiene en su
mascota, la cual deberá recibir un baño por lo menos una vez cada mes, así como la limpieza dentro la vivienda. En caso de no cumplir con esta norma, el comité administrativo, el administrador, o el departamento de sociología tendrán la facultad de informar a las autoridades de salubridad.
F) En caso de que la mascota presente una enfermedad de
cualquier tipo, es obligación del propietario llevar a su mascota a una atención médica por parte de un veterinario y se prohíbe el acceso de dicho animal en cualquier área libre del condominio.
G) El dueño de la mascota será el único responsable de los
daños que ésta pueda causar y serán de su exclusivo cargo.
H) Las Mascotas no deberán perturbar la tranquilidad de los
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3.5.- FIESTAS Y EVENTOS ESPECIALES
Con el fin de mantener el orden, la cordialidad y el respeto entre cada uno de los habitantes del Condominio "Del Tepeyac" del Fraccionamiento "Las Arboledas de Ciudad Bajío", se restringen las fiestas y eventos sociales que no sean organizados para el aprovechamiento y goce de todos los Condóminos en las áreas de bienestar común con las que cuenta el Fraccionamiento. De tal forma que cualquier festejo o evento personal que se realice deberá ser siempre dentro de la vivienda misma del Condómino respetando las siguientes normas:
A) Las fiestas y eventos especiales deberán realizarse en el
interior de la vivienda y deberá mantenerse la puerta de la misma cerrada.
B) Se restringe el uso de palabras soeces y/o lenguaje
altisonante en un grado y volumen en que pueda afectar la tranquilidad del resto de los vecinos.
C) En caso de utilizar música y equipos de sonido en el
evento en cuestión, deberá tener un volumen moderado, el cual deberá ser apagado a las 23:59 horas del día en cualquier día de la semana.
D) Se restringen los eventos sociales a un máximo de 15
personas en cada Vivienda por medidas de orden y seguridad.
E) Queda estrictamente prohibido utilizar cualquiera de las
unidades como centros nocturnos, discoteca, bares o centros de juego, ya que la finalidad primordial del Fraccionamiento Las Arboledas de ciudad Bajío es
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mantener una calidad de vida y tranquilidad óptima para cada uno de sus residentes.
3.6.- VISITANTES
Los visitantes son todas aquellas personas no residentes del Condominio "Del Tepeyac" del Fraccionamiento Las Arboledas de Ciudad Bajío que se desplacen a éste por una corta duración de tiempo con el fin de tratar cualquier asunto de índole personal con algún Condómino o residente.
Los visitantes de Fraccionamiento podrán ingresar de las siguientes formas:
1. Vía peatonal 2. Por medio de un automóvil o camión de carga. 3. Por medio de Bicicleta o vehículos de ruedas. 4. Por medio de una motocicleta o cuatrimoto.
Se obliga a todos los visitantes a presentar una identificación oficial al guardia en turno. 3.6.1 Los visitantes que ingresen por medio de la vía peatonal deberán seguir las siguientes indicaciones:
A) Presentar al guardia una identificación oficial, la cual conservará el guardia en cuestión y brindará por su parte un tarjetón de visitante, el cual deberá ser recogido por el visitante una vez que abandone el Fraccionamiento. El guardia sólo puede devolver la identificación oficial en el momento en que recibe de vuelta el tarjetón de visitantes.
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B) Firmar en la bitácora del guardia el nombre del visitante o en su defecto de un representante de la familia que pretende ingresar, fecha, hora de entrada, el número de personas que ingresan al Fraccionamiento, domicilio específico al que se dirigen, nombre de la persona en cuestión que pretenden visitar.
C) Una vez que hayan ingresado al Fraccionamiento, los visitantes que ingresen vía peatonal deberán utilizar las banquetas dentro del Fraccionamiento. No se permite el acceso por las vías de acceso automovilístico.
3.6.2 Los visitantes que ingresen por medio de un automóvil deberán seguir las siguientes indicaciones:
A) Presentar al guardia identificación oficial del conductor del vehículo, a cambio el guardia proveerá un tarjetón de visitante, el cual será exclusivo para auto y deberá mantenerse en un lugar visible. El guardia sólo puede devolver la identificación oficial en el momento en que recibe de vuelta el tarjetón de visitantes / ingreso automovilístico.
B) El guardia en turno deberá registrar el tipo de vehículo que ingrese y el número de placas.
C) Proporcionar información sobre el motivo de visita, ya sea social o entrega de algún artículo o documento, en caso de que entregue cualquier tipo de paquetería deberá informarse al guardia para que
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éste a su vez brinde las instrucciones pertinentes para dicha entrega.
D) Los visitantes propietarios de automóviles o camiones de carga, deberán estacionar su vehículo en los espacios determinados para dicho efecto, sin perturbar el acceso a las cocheras o cualquier propiedad privada.
3.6.3 Los visitantes que ingresen por medio de bicicleta o vehículo de rueda deberán seguir las siguientes indicaciones:
A) Presentar al guardia una identificación oficial, la cual conservará el guardia en cuestión y brindará por su parte un tarjetón de visitante, el cual deberá ser colgado al vehículo y mantenerse visible hasta el momento en que el visitante abandone el Fraccionamiento. El guardia sólo puede devolver la identificación oficial en el momento en que recibe de vuelta el tarjetón de visitantes.
B) Proveer al guardia información sobre el número de personas que ingresan y el domicilio exacto al que se dirigen.
C) Registrar su entrada y salida en la bitácora determinada para registrar las mismas.
D) Las Bicicletas y vehículos de rueda deberán ingresar por el carril lateral derecho en las vialidades de tránsito. No se permite su acceso en banquetas, áreas verdes del Fraccionamiento o cualquier otra
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área que no sea determinada como vialidad de tránsito.
E) Las Bicicletas y vehículos de rueda deberán respetar el sentido de las calles y señalamientos de tránsito.
F) Los visitantes propietarios de Bicicletas y vehículos de rueda deberán estacionar su vehículo en el interior de la vivienda que visitan, sin perturbar el acceso a las cocheras o cualquier propiedad privada.
3.6.4 Los visitantes que ingresen por medio de motocicleta o cuatrimoto deberán seguir las siguientes indicaciones:
A) Presentar al guardia una identificación oficial, la cual conservará el guardia en cuestión y brindará por su parte un tarjetón de visitante, el cual deberá ser colgado al vehículo y mantenerse visible hasta el momento en que el visitante abandone el Fraccionamiento. El guardia sólo puede devolver la identificación oficial en el momento en que recibe de vuelta el tarjetón de visitantes.
B) Proveer al guardia información sobre el número de personas que ingresan, el domicilio exacto al que se dirigen.
C) Registrar su entrada y salida en la bitácora determinada para registrar las mismas.
D) Las Motocicletas y cuatrimotos deberán ingresar por el carril lateral derecho en las vialidades de
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tránsito. No se permite su acceso en banquetas, áreas verdes del Fraccionamiento o cualquier otra área que no sea determinada como vialidad de tránsito.
E) Las Motocicletas y cuatrimotos deberán respetar el sentido de las calles y señalamientos de tránsito.
F) Los visitantes propietarios de Motocicletas y cuatrimotos deberán estacionar su vehículo en los espacios determinados para dicho efecto, sin perturbar el acceso a las cocheras o cualquier propiedad privada.
REGLAS GENERALES DE LOS VISITANTES: A) En caso de infringir cualquier norma citada en el presente
reglamento por parte de cualquier visitante, el Administrador tendrá la función de documentar dicho incidente, el cual, en caso de afectar en su totalidad o parcialidad algún área común o en su defecto la propiedad de algún Condómino, será el Condómino en cuestión que haya requerido a dicho visitante, quien se hará cargo de la reparación de daños y perjuicios que el visitante haya ocasionado.
B) La empresa inmobiliaria, el guardia en turno y demás
instancias administrativas del Fraccionamiento no se hacen responsables de los daños y perjuicios que puedan ocurrir a cualquier vehículo propiedad de los visitantes.
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3.7.- NEGOCIOS COMERCIALES DENTRO DEL FRACCIONAMIENTO
Se prohíbe cualquier tipo de negocio o establecimiento comercial de cualquier índole dentro de cualquier vivienda o departamento del Condominio "Del Tepeyac" del Fraccionamiento "Las Arboledas de ciudad Bajío" con el fin de mantener un ambiente óptimo de convivencia familiar y no de competencia comercial, así como de conservar el estilo residencial del fraccionamiento. Únicamente se podrán establecer negocios dentro de los locales del área comercial previamente establecida en el Fraccionamiento.
Los propietarios de una vivienda o departamento podrán ponerse en contacto directamente en las oficinas centrales del corporativo Grupo Guiar en caso de estar interesados en el arrendamiento de un local comercial.
3.7.1.- NORMAS PARA LOS ARRENDATARIOS DE LA ZONA COMERCIAL
Aquellas personas que, en calidad de arrendatarios se comprometan a adquirir uno o varios locales de la zona comercial del fraccionamiento "Las Arboledas de Ciudad Bajío" se comprometen a las siguientes cláusulas:
A) Cubrir la cuota de mantenimiento correspondiente a la
vigilancia del fraccionamiento y de la zona comercial directamente con el Administrador del Fraccionamiento.
B) Cubrir puntualmente el pago mensual correspondiente a
la renta del local comercial.
C) Elegir y presentar a un representante común de los
arrendatarios que se encargará de presentar todos los
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acuerdos y propuestas de los arrendatarios de locales comerciales referentes al mantenimiento y seguridad del fraccionamiento
D) Respetar el estilo e imagen del fraccionamiento E) Realizar constante limpieza tanto en los locales
comerciales como en los cajones de estacionamiento correspondientes a cada local comercial.
F) Respetar todas y cada una de las clausulas establecidas
en el presente reglamento.
G) Los locales comerciales no deberán perturbar en forma
alguna la tranquilidad de los Condóminos residentes del fraccionamiento "Las Arboledas de Ciudad Bajío".
H) El pago correspondiente al mantenimiento será
proporcional a la superficie ocupada por el local comercial.
I) En caso de que el arrendatario sea un Condómino o
propietario de una vivienda del fraccionamiento "Las Arboledas de Ciudad Bajío", deberá estar al corriente de sus pagos de mantenimiento para poder arrendar un local comercial.
J) No se podrá hacer modificación alguna de los locales
comerciales sin el consentimiento previo de la empresa inmobiliaria.
3.8.- ÁREAS DESIGNADAS PARA FUMAR
Las áreas cerradas del Condominio "Del Tepeyac" del Fraccionamiento Las Arboledas de Ciudad Bajío son áreas libres de tabaco, por lo cual únicamente se permite fumar en las áreas al aire libre del Fraccionamiento o en el interior de la vivienda de cada
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Condómino, si su propietario así lo permite, siempre y cuando se mantenga la puerta cerrada.
A) Dejar cualquier tipo de residuo de tabaco y su empaque
fuera de los contenedores de basura.
B) Fumar en el exterior de una vivienda ajena. C) En departamentos y Unidades habitacionales no se
permite fumar dentro de los pasillos, cubos de escalera o cualquier área común cerrada.
3.10.- MUDANZAS
En caso del traslado de muebles y demás bienes personales, todos los Condóminos tienen la obligación de dar previo aviso al guardia en turno con el mínimo de un día de anticipación, de esta forma el guardia en turno tendrá la oportunidad de asignar estacionamiento para el camión o camionetas de mudanza. Cualquier daño que se pueda llegar a causar será responsabilidad del Condómino, quien a su vez podrá cobrar al responsable directo del perjudicado.
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CAPÍTULO IV.
USO DE SUELO
No se permite modificación alguna ya sea exterior o interior en ninguna de las áreas del condominio incluyendo la propiedad privada (departamento o vivienda) de cada Condómino. Se deberán respetar los tonos establecidos por el constructo y toda la arquitectura, manteniendo constante mantenimiento a los mismos.
4.1.- PROPIEDAD PRIVADA
A) No se permite colocar ningún tipo de prenda en las fachadas,
pasillos, cocheras, ventanas, barandales, vehículos, o cualquier área visible de las viviendas, departamentos o Unidades Habitacionales. Dichas prendas únicamente podrán ser colocadas en las áreas del Vivienda destinadas para tal efecto (Patio de servicio). Queda estrictamente prohibida la colocación de cualquier tipo de objeto como tendedero, cable, mantas, o cual artefacto en las monas, muros y fachada de las viviendas, departamentos o cualquier área frontal
modificación o presencia de alguno de los objetos antes mencionados implicará la pérdida de garantía en cualquiera de las áreas afectadas.
B) El Condómino deberá efectuar bajo su propio cargo las
reparaciones pertinentes que correspondan a su propiedad privada.
C) No se permite el uso de grafitis o cualquier otro tipo de
pintura o diseño en ningún área del condominio.
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D) Se deberá respetar el diseño de protecciones que se
entregará por parte de la inmobiliaria con el fin de conservar la estética de las viviendas y departamentos.
E) No se permite la construcción de bardas, barandales, malla
ciclónica, reja, o cualquier otro tipo de modificación en la fachada de las viviendas y/o departamentos que no se haya entregado previamente mediante un diseño por parte de la empresa inmobiliaria que realizó el constructo.
F) Cualquier modificación interna de la vivienda únicamente
podrá realizarse con la aprobación y planos correspondientes por parte de la empresa inmobiliaria que originalmente realizó el constructo.
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CAPÍTULO V.
ADMINISTRACIÓN DEL FRACCIONAMIENTO
El Condominio "Del Tepeyac" Del Fraccionamiento "Las Arboledas de ciudad Bajío" será administrado a través de las siguientes instancias:
A) El Administrador del Condominio
B) El Comité Administrativo
C) La Asamblea General de Condóminos
Dichas Instancias contarán con el apoyo del departamento de Sociología. Dicho departamento será una dependencia de la empresa inmobiliaria y brindará apoyo a la Administración del Condominio hasta el momento en que dichas instancias Administrativas logren su autonomía e independencia.
La Asamblea General de Condóminos tendrá la facultad de nombrar a un Administrador de común acuerdo. Dicho administrador contará con todas las facultades a las que se refiere el artículo 1025 del Código Civil del Estado de Guanajuato.
5.1.- EL ADMINISTRADOR DEL CONDOMINIO
El Administrador será el representante legal de los Condóminos en todos los asuntos legales relacionados con los condominios y contará con el total apoyo y seguimiento del departamento de sociología de la empresa inmobiliaria hasta el momento en que el Administrador en cuestión y el Comité Administrativo logren establecer su autonomía e independencia.
El Administrador tendrá las siguientes funciones y facultades:
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A) Cuidar y vigilar constantemente los bienes de los
Condóminos y servicios comunes, así como la integración y desarrollo de la comunidad que integra el Condominio "Del Tepeyac" del Fraccionamiento "Las Arboledas de Ciudad Bajío".
B) Realizar las obras necesarias correspondientes a los actos
de Administración, Seguridad privada y mantenimiento del condominio.
C) Realizar la recaudación de cuotas correspondientes al
mantenimiento, administración y seguridad privada del condominio.
D) Entregar los recibos de cuotas correspondientes al
mantenimiento, seguridad y administración, a cada uno de los propietarios de una vivienda o departamento.
E) Efectuar gastos correspondientes al mantenimiento,
seguridad y administración del condominio. Es decir, se encargará del pago correspondiente a todo el personal de mantenimiento, tres turnos de guardias de seguridad privada y el sueldo del Administrador con sus respectivos auxiliares en el momento en que lleguen a requerirse.
F) Llevar una clara relación en la cual se compruebe cada
uno de los gastos efectuados para la administración y mantenimiento del condominio. Todos los propietarios de una vivienda o departamento en calidad de Condóminos deberán tener acceso a dicho informe administrativo.
G) Llevar una relación que compruebe los montos y
aportaciones pendientes de cubrir. En dicha relación deberá quedar claramente especificado el saldo pendiente.
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H) Verificar que se cumplan todas y cada una de las normas
establecidas en el presente reglamento.
I) Tomar las medidas necesarias conforme a la ley en caso
de que cualquier norma del presente reglamento no se cumpla de la forma en que se establezca en el presente reglamento.
J) Realizar una bitácora en la cual se documente todo tipo
de faltas al presente reglamento por parte de cualquier residente del condominio.
K) Ejecutar los acuerdos del Comité Administrativo y la
Asamblea General de Condóminos.
L) Realizar obras de mantenimiento correctivo y preventivo
en pro de la comunidad residente del condominio con el presupuesto resultante de las multas cometidas por algún residente que haya infringido el presente reglamento y los excedentes que lleguen a surgir en el pago de gastos comunes. Dichas obras deberán ser aprobadas por el Comité Administrativo, la Empresa Inmobiliaria y la mayoría de votos de la Asamblea General de Condóminos.
M) Convocar al comité Administrativo con una anticipación
mínima de ocho días especificando: Motivo de la reunión, día exacto en el que se ejecutará así como la hora y lugar en específico en el que se realizará. Dicha convocatoria deberá ser colocada en varios lugares visibles del condominio.
N) El Administrador tendrá la facultad de remover a uno o
más miembros del Comité Administrativo por incumplimiento de sus obligaciones y ausencias que le impidan eficaz cumplimiento de las mismas, siempre y cuando cuente con el acuerdo mínimo del cincuenta y
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uno por ciento del resto de los integrantes del comité administrativo, el cual será entregado por escrito.
O) El Administrador tiene la obligación de recabar y
conservar todos los libros y documentación relacionada con el condominio.
P) El Administrador tendrá la obligación de publicar
mensualmente un informe en el cual se documente a los Condóminos que permanecen como pendientes de realizar el pago de gastos comunes.
Q) El Administrador cuenta con la facultad de exigir el pago
de gastos comunes siempre y cuando respete la integridad de cada uno de los habitantes y personal del Condominio.
R) El Administrador puede relevar de su cargo a cualquier
empleado del personal de mantenimiento si éste no cumple con sus funciones como es debido siempre y cuando obtenga la aprobación por escrito del Comité Administrativo y la empresa inmobiliaria.
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5.2.- EL COMITÉ ADMINISTRATIVO
Cualquier Condómino tendrá la facultad de postularse para formar parte del cuerpo del Comité Administrativo, el cual deberá ser integrado por un máximo de diez integrantes y será regulado por el Administrador del Condominio. Dicho comité se formará con el fin de tener representatividad y personalidad jurídica para de ésta forma actuar válidamente dentro del campo jurídico.
Los Integrantes del Comité Administrativo serán establecidos mediante la postulación de los Condóminos interesados en formar parte de ella y más adelante mediante la votación de la Asamblea General de Condóminos quien dictaminará a los diez integrantes.
Una vez establecido el Comité Administrativo, se realizará una nueva postulación dentro del mismo Comité en el cual se elegirá al Presidente, Tesorero y Secretario, para lo cual se realizará una votación dentro de los diez integrantes del comité. En caso de no llegar a un acuerdo en dicha votación, será la Asamblea General de Condóminos quien vote y dictamine dichos cargos.
Una vez establecidos el presidente, el tesorero y el secretario del Comité Administrativo, permanecerán en su cargo por un periodo de dos años, continuando en dicho cargo hasta el momento en que tomen posesión quienes deben sustituirlos.
El resto de los integrantes del Comité Administrativo, fungirán como vocales, y de igual manera, permanecerán en su cargo por un periodo de dos años.
Una vez terminado el periodo del presidente, tesorero y secretario dentro del comité administrativo, no podrán reubicarse en el mismo puesto, sin embargo podrán permanecer dentro del comité si la
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Asamblea general de Condóminos así lo decide mediante una votación.
5.2.1.- FUNCIONES DEL COMITÉ ADMINISTRATIVO
El comité administrativo deberá desempeñar las siguientes funciones:
A) El Comité Administrativo se encargará de la
administración del condominio, de acuerdo a los establecimientos citados en el presente reglamento y a los acuerdos tomados por la Asamblea General de Condóminos.
B) El Comité Administrativo deberá establecerse como una
Asociación Civil certificada por un representante del municipio. Dicha asociación tendrá la facultad de brindar representación legal ante cualquier dependencia o individuo.
C) El Comité Administrativo deberá convocar a la Asamblea
General de Condóminos para cualquier asunto relacionado con el bienestar de la comunidad, posteriormente deberá reunirse con el Administrador y dar un informe de los acuerdos establecidos en la junta previa. Únicamente el Administrador puede ejecutar dicho acuerdo.
D) Informar en las Asambleas Generales de Condóminos
acerca de todas las actividades y programas a desarrollar dentro del condominio, así como los estados de cuenta correspondientes al mes anterior y el estado de cuenta de los montos y aportaciones pendientes por cubrirse. Dichas reuniones las deberá programar el Comité Administrativo como mínimo una vez cada mes y deberá
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convocar a la Asamblea General por lo menos con ocho días de Anticipación.
E) Dictaminar la sanción que se impondrá a cualquier
Condómino que infrinja en cualquiera de las normas establecidas en el presente reglamento. Dicha sanción será una multa cuya cuota será determinada por el Comité Administrativo y posteriormente deberá ser informada inmediatamente al Administrador quien posee la función de ejecutarla. El Motivo por el cual se dictamine cualquier sanción deberá ser previamente estudiado y examinado por el Comité Administrativo. La cuota de la multa será de un salario mínimo a sesenta veces salario mínimo.
F) Recabar las cuotas correspondientes al mantenimiento
del condominio, y entregar un reporte de las mismas al Administrador del Condominio.
Dentro del Comité Administrativo el Presidente electo por el resto del Comité se comprometerá a cumplir con las siguientes funciones:
A) Presidir las sesiones del Comité Administrativo, y firmar
las actas correspondientes en unión del Administrador.
B) Convocar y Organizar las Asambleas generales de
C) Informar al Comité Administrativo y a la Asamblea
General de Condóminos todos los estados de cuenta referentes al Condominio.
D) El presidente tiene la obligación de presentarse en todas
las asambleas, en caso de no poder hacerlo por causas de fuerza mayor, deberá elegir un sustituto dentro de los integrantes del comité administrativo.
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Dentro del Comité Administrativo el Secretario electo por el resto del Comité se comprometerá a cumplir con las siguientes funciones:
A) Mantener actualizados los libros referentes al
B) Hacerse cargo de toda la correspondencia y archivos del
C) Asistir al Presidente del Comité en las asambleas
D) El secretario tiene la obligación de presentarse en todas
las asambleas, en caso de no poder hacerlo por causas de fuerza mayor, deberá elegir un sustituto dentro de los integrantes del comité administrativo.
Dentro del Comité Administrativo el Tesorero electo por el resto del Comité se comprometerá a cumplir con las siguientes funciones:
A) Hacerse cargo del manejo de fondos económicos del
B) Presentar a la Asamblea General de Condóminos el
ejercicio mensual de ingresos y egresos correspondiente a las cuotas y gastos efectuados en el condominio.
C) Mantener actualizada la contabilidad del condominio. D) Crear una cuenta bancaria con firma mancomunada a
nombre de una persona que será elegida por la asamblea.
E) Cuidar siempre que el Condominio se encuentre siempre
al corriente en sus pagos y obligaciones.
F) El tesorero tiene la obligación de presentarse en todas
las asambleas, en caso de no poder hacerlo por causas de
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fuerza mayor, deberá elegir un sustituto dentro de los integrantes del comité administrativo.
Dentro del Comité Administrativo los vocales electos por el resto del Comité se comprometerán a cumplir con las siguientes funciones:
A) Asistir al presidente, secretario y tesorero en las asambleas y
en el momento en que se requiera.
B) Aconsejar al presidente, secretario y tesorero en las
propuestas realizadas en las asambleas
C) Opinar y en su defecto intervenir tanto en las asambleas
como en la imposición de multas.
D) Supervisar los procesos que se lleven a cabo en las
asambleas, la entrega de reportes por parte del administrador y la imposición de multas.
E) Asesorar al presidente, secretario y tesorero en las tomas de
decisiones y revisión de casos.
F) Realizar la votación correspondiente y por escrito cuando se
G) Organizar previamente los recursos que se utilizarán en las
H) Supervisar periódicamente los procesos administrativos por
parte del administrador.
I) Todos los vocales tienen la obligación de presentarse en las
asambleas tanto ordinarias como extraordinarias, en caso de no poder hacerlo por causas de fuerza mayor, deberán emitir un escrito tanto al administrador como al presidente del comité administrativo y se procederá a tomar decisiones sin la validez y aportación de su voto.
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5.3.- LA ASAMBLEA GENERAL DE CONDÓMINOS
La Asamblea General del Condóminos se constituye por todos los Condóminos del Condominio "Del Tepeyac" Del Fraccionamiento "Las Arboledas"
Las resoluciones de la Asamblea General de Condóminos se tomarán por mayoría de votos. Cada Condómino gozará de un voto. La votación será personal, nominal y directa.
En caso de copropiedad, se deberá designar a un representante común para los efectos de votación dentro de la asamblea.
En caso de no presentarse un total del cincuenta mas uno por ciento de los integrantes de la Asamblea, se convocará a una segunda Asamblea, y se procederá a tomar decisiones con la mayoría de votos de los integrantes que se hagan presentes en la segunda asamblea.
La Asamblea General de Condóminos deberá desempeñar las siguientes funciones:
A) Nombrar a los miembros que integrarán el Comité
B) Discutir y en su caso, aprobar el estado de cuenta anual
presentado por el Comité Administrativo.
C) Instruir al Comité Administrativo para el mejor
cumplimiento de su cargo.
mantenimiento y conservación del Condominio.
E) Aprobar la realización de programas para el
cumplimiento de sus fines.
F) Determinar el uso de los fondos correspondientes a las
multas e infracciones. Dichos fondos deberán ser
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utilizados en pro de toda la comunidad que habita en el desarrollo.
5.3.1 LAS ASAMBLEAS
Las Asambleas podrán ser Ordinarias y Extraordinarias. Las Asambleas Ordinarias se realizarán cada seis meses, mientras que las extraordinarias se realizarán en cualquier momento que la Asamblea, el administrador, el comité administrativo, cualquier Condómino o el departamento de sociología consideren pertinente.
ASAMBLEAS ORDINARIAS
Las Asambleas ordinarias tendrán como objetivo revisar los estados de cuenta semestrales del condominio y serán presididas por el Comité Administrativo con la presencia del Administrador, el departamento de sociología y todos los Condóminos que integran la Asamblea general de Condóminos. Dichas Asambleas deberán ser convocadas por el comité Administrativo.
Las Funciones de las Asambleas Ordinarias son las siguientes:
1) Cuidar y vigilar los bienes y servicios comunes, promover la integración, organización y desarrollo del fraccionamiento.
2) Nombramiento del Comité Administrativo.
3) Remover al Comité Administrativo y nombrar a los nuevos integrantes. Dicho procedimiento deberá realizarse cada dos años o bien, cuando un integrante del Comité no cumpla con sus funciones debidamente para lo cual, la Asamblea tiene la facultad de realizar una votación y proceder si se cuenta con un mínimo del 51% de los votos.
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4) Supervisar que tanto el Comité Administrativo como el Administrador, cumplan con los acuerdos de las Asambleas generales.
5) Apoyar en la elaboración de los programas de trabajo del Comité Administrativo
6) Participar en forma activa en el cumplimiento del presente reglamento.
7) Examinar y aprobar el informe anual de actividades que rinda el Comité Administrativo.
8) Establecer las aportaciones correspondientes a las cuotas extraordinarias.
9) Revisar detenidamente y en su defecto aprobar los estados de cuenta semestrales presentados por el Administrador.
ASAMBLEAS EXTRAORDINARIAS
Las Asambleas extraordinarias tendrán como objetivo revisar y analizar cualquier situación de carácter urgente, que afecte el bienestar común de todos los habitantes del fraccionamiento "Las Arboledas de ciudad Bajío". Serán presididas la persona física en cuestión que haya convocado dicha Asamblea y contará con un Secretario designado por la misma, así como con el apoyo del presidente y secretario del Comité Administrativo y la presencia del Administrador del Condominio.
Las convocatorias para la celebración de Asambleas Extraordinarias se harán de acuerdo a las disposiciones siguientes.
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• La convocatoria deberá indicar el tipo de asamblea de que se
trate, quién la convoca, la orden del día y lugar donde se realizará.
• La convocatoria se notificará con siete días naturales de
anticipación a la fecha de la primera convocatoria.
• Los Condóminos o sus representantes serán notificados
colocando la convocatoria en uno o varios lugares visibles del fraccionamiento.
• Para poder convocar una asamblea extraordinaria, deberá
realizarse un previo aviso al administrador del condominio, quien a su vez deberá informar al comité administrativo sobre dicha asamblea.
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5.4.- EL DEPARTAMENTO DE SOCIOLOGÍA
El Condominio cuenta con un departamento de Sociología, dependencia de la empresa inmobiliaria, que tiene como finalidad el brindar apoyo y atención personalizada al Administrador, el comité administrativo, la asamblea general de Condóminos y todos los habitantes y prestadores de servicios en general del Condominio "Del Tepeyac" del fraccionamiento "Las Arboledas de Ciudad Bajío", así como mantener la buena convivencia y relaciones óptimas entre sí de cada una de las instancias y personas antes mencionadas.
El Departamento de Sociología brindará los siguientes servicios:
1) Brindar atención personalizada en cuestión a cualquier
aprovechamiento del presente reglamento.
2) Realizar actividades en las cuales se fomente la
convivencia y el respeto entre todos y cada uno de los habitantes del condominio.
3) Supervisar y apoyar el trabajo tanto del Administrador
del Condominio como del Comité Administrativo.
4) Brindar atención personalizada en general a todos los
Condóminos y habitantes del condominio siempre y cuando dicha atención se solicite con anterioridad por medio de una cita, la cual se hará con cualquier integrante del departamento de Sociología.
El departamento de Sociología cuenta con las siguientes facultades:
1) Presenciar e intervenir en las Asambleas tanto ordinarias
como extraordinarias.
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2) Intervenir en cualquier conflicto interpersonal que llegue
a surgir entre cualquier residente o trabajador del condominio.
3) Acceso a los estados de cuenta del Condominio y
auditoría de los mismos, así como a la operación y servicio del condominio.
4) Mantener un control y en su caso, intervenir si se
presenta un conflicto en el aprovechamiento y utilización de los bienes comunes.
5) Presenciar y en su defecto intervenir en conjunto con el
administrador y el comité administrativo en la imposición de multas.
6) Apoyar al administrador, en caso de requerirse, en la
recaudación del pago de gastos comunes.
Las funciones y servicios del departamento de Sociología se brindarán hasta el momento en que el Condominio "Del Tepeyac" del fraccionamiento "Las Arboledas de Ciudad Bajío" logre su autonomía e Independencia, brindando un constante seguimiento y apoyo.
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CAPÍTULO VI.
PAGO DE GASTOS COMÚNES
Todo Condómino en calidad de propietario deberá contribuir semanalmente al pago de gastos comunes el cual será correspondiente a los servicios de conservación, reparación, mantenimiento y seguridad de todos los bienes comunes de los que gozan los propietarios y usufructos del Condominio "Del Tepeyac" del fraccionamiento "Las Arboledas de Ciudad Bajío". Los servicios que se brindarán tendrán la finalidad de proporcionar tranquilidad y prosperidad a todos los residentes del desarrollo.
El cálculo del pago de gastos comunes será determinado inicialmente por la empresa inmobiliaria que realiza el constructo y posteriormente será el Comité Administrativo establecido como Asociación Civil quien determine el importe a cubrir una vez que el condominio sea autónomo e independiente.
Los servicios incluidos en el pago mensual de gastos comunes son los siguientes:
1) Vigilancia y seguridad privada. (Guardia en Caseta las 24
horas del día, 7 días a la semana).
2) Limpieza y mantenimiento de las áreas libres del
3) Servicios de Jardinería y riego de las áreas verdes
5) Alumbrado del Condominio.
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6) Prestaciones Sociales de todo el personal Administrativo,
de seguridad y de Mantenimiento.
El pago de gastos comunes deberá efectuarse los días lunes de cada semana. En caso de no efectuarse dicho pago se cobrará una multa del 3% del importe mensual por cada día de atraso. Dicho pago deberá efectuarse directamente con el administrador del condominio, quien a su vez tiene la obligación de entregar un recibo de pago el cual deberá conservar el Condómino en caso de requerir alguna aclaración respecto a sus pagos.
En caso de no efectuarse dicho pago en dos meses consecutivos el comité administrativo determinará una multa y se privará de los servicios de seguridad privada y mantenimiento en su área de estacionamiento y se manifestará en la publicación mensual de importes de gastos comunes que realizará el Administrador del Condominio.
El pago correspondiente a los servicios privados de cada departamento tales como agua, electricidad, servicio telefónico e internet, servicio de televisión por cable etc. Corresponderán única y exclusivamente al propietario de la propiedad privada, dichos servicios no corresponden en forma alguna al pago de gastos comunes.
6.1.- LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO.
La aportación correspondiente al pago de gastos comunes incluye servicios de limpieza y mantenimiento de las áreas comunes del Fraccionamiento. Sin embargo, es obligación de todos y cada uno de los Condóminos y habitantes del fraccionamiento contribuir con el fin de mantener la limpieza y el orden dentro de su condominio.
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Dicha contribución se basa en las siguientes medidas de higiene básicas que representan una gran aportación al bienestar de su comunidad:
1) Utilizar correctamente los contenedores de basura de
acuerdo a las características de los desechos a depositar.
2) Depositar los desechos orgánicos en bolsas de plástico
herméticamente cerradas para evitar malos olores y evitar el incremento de fauna nociva.
3) Colocar ordenadamente las bolsas de desechos orgánicos o
inorgánicos en los contenedores con el objeto de utilizarlos a su máxima capacidad.
4) No se permite el deshecho de materiales como papel
higiénico, pañales o cualquier otro material que pueda obstruir la tubería del lavabo o el WC.
5) No arrojar desde vehículos automotores las bolsas de
desechos a los contenedores por los inconvenientes al respecto.
6) No arrojar desechos sólidos o líquidos en lotes baldíos o
áreas en construcción.
7) Observar las indicaciones de la autoridad municipal, a fin de
llevar a efecto el servicio de recolección de basura.
8) Abstenerse a tirar basura en la vía pública, áreas verdes y
9) Evitar la acumulación de basura y desperdicios fuera de sus
10) Participar en las campañas de limpieza que convoque el
municipio o el departamento de sociología para el fraccionamiento.
11) En general abstenerse de realizar cualquier acto que
provoque el desaseo del condominio.
12) Cada Condómino está obligado a mantener orden y limpieza
en los pasillos y exteriores de su propiedad.
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13) Realizar el mantenimiento correspondiente a la reparación
de su propiedad privada, respetando los tonos por parte del constructo y la arquitectura del mismo.
6.2.- ALUMBRADO DEL CONDOMINIO
Los Condóminos están obligados a cooperar en la instalación, ampliación y mantenimiento de los sistemas de alumbrado público en caso de requerirlo, así como reportar las fallas y a cuidar el uso de postes, focos, cables y vidrios protectores, evitando su destrucción y reportando a aquellos individuos que causen daño alguno.
Los Condóminos o familiares / invitados de éstos que causen daño al sistema de alumbrado público o algunos de sus componentes o bienes de propiedad municipal, están obligados a cubrir la reparación del daño causado. En caso de que dicho daño sea causado por un familiar o invitado, el Condómino en cuestión que haya requerido a dicho familiar o invitado, se verá en la obligación de cubrir el pago de reparación.
Permitiendo a los Condóminos las disposiciones antes mencionadas, una visibilidad nocturna apropiada contribuyendo a su seguridad y comodidad familiar dentro de su condominio.
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6.3.- CUOTAS EXTRAORDINARIAS
Las cuotas extraordinarias serán fijadas por la Asamblea General de Condóminos. Dichas cuotas serán correspondientes a la reparación de cualquiera de los bienes comunes del condominio en caso de un infortunio, desastre natural o bien desgaste natural.
El Comité Administrativo deberá convocar a la asamblea general del Condóminos y se evaluará el perjuicio y se determinará la cuota a cubrir por parte de todos los Condóminos.
Todos los Condóminos residentes del fraccionamiento "Las Arboledas de ciudad Bajío" están sujetos a cubrir las cuotas extraordinarias debido a un infortunio o desperfecto dentro de su condominio.
Las cuotas extraordinarias no están sujetas a compensaciones, excepciones personales o ningún otro supuesto que pueda excusar su pago.
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GLOSARIO
1.-
CONDOMINIO: Se denomina condominio al conjunto de
departamentos, locales o naves de un inmueble, construidos o sin
construcción en forma vertical, horizontal o mixta susceptibles de
aprovechamiento independiente por tener salida propia a un
elemento común de aquél o a la vía pública y que pertenezcan a
distintos propietarios, los que tienen un derecho singular y exclusivo
de propiedad sobre su unidad y además un derecho de copropiedad
sobre los elementos y partes comunes del inmueble necesarios para
su adecuado uso o disfrute.
2.-
CONDÓMINO: Se entiende por Condómino a la persona física o
moral que en calidad de propietario o poseedor, aproveche uno o
más de los departamentos que constituyen el condominio
denominado "Fraccionamiento Las Arboledas de Ciudad Bajío"
3.-
RESIDENTE: Se entiende por residente a la persona física que
reside o vive habitualmente en un lugar determinado. Nos referimos
a residentes a todas las personas físicas que habitan en alguna de las
unidades del "Fraccionamiento Las Arboledas de Ciudad Bajío"
4.-
COPROPIETARIO: Hay copropiedad cuando una cosa o un derecho
patrimonial pertenece, pro indiviso, a dos o más personas. Los
copropietarios no tienen dominio sobre partes determinadas del
objeto en sí, sino un derecho de propiedad sobre todas y cada una de
las partes del objeto en cierta proporción, es decir sobre parte
proporcional.
5.-
ARRENDATARIO: Es arrendatario quien adquiere el uso de
una cosa por un periodo de tiempo determinado, a cambio del
abono de un precio cierto. Cuando lo que se arrienda es una
vivienda también se le denomina "inquilino".
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GARANTIAS
Las coberturas de garantía por buen funcionamiento se harán validas siempre y cuando no
haya existido modificación en alguna de las partes de la vivienda desde el momento de la
entrega hasta el día de la solicitud de la garantía, así como no encontrarse en las causales
de pérdida de garantía descritas al final de este anexo.
Coberturas de buen funcionamiento por un mes:
1. Chapas, apagadores, contactos y soquets.
2. Mueblas de baño, accesorios de baño, fregadero y flotador.
3. Instalación sanitaria
4. Piso y azulejo.
5. Instalación eléctrica.
Coberturas de buen funcionamiento por tres meses:
1. Instalación hidráulica
2. Instalación de gas.
3. Pasta y tirol.
Coberturas de buen funcionamiento por un año:
1. Vicios Ocultos
2. Impermeabilización de muros y azotea
Cobertura estructural por 20 años
NOTAS IMPORTANTES EN GARANTÍAS:
1. Las garantías se harán válidas única y exclusivamente en las viviendas donde no se han
realizado trabajos como alteraciones, modificaciones, ampliaciones y remodelación,
ajenos a esta empresa, así como en las viviendas que no caiga en los supuestos de
causalidad de pérdida de garantía descritos al final de este anexo.
2. El acreditado manifiesta su conformidad con el estado actual que guardan los bienes e
instalaciones de su vivienda y es responsable del buen uso de los mismos.
3. La Empresa no se hace responsable por el mal uso, robo o daños causados a la vivienda
por las personas que la habiten o terceras.
Causales de pérdida de garantía
• Si la vivienda es destinada a un uso distinto a casa-habitación
.
• Si se realizan cambios a la misma como son:
o Ampliaciones a la vivienda
o Demolición parcial o total de muros.
o Ampliaciones a los vanos de puertas y ventanas.
o Si la barda del patio es cargada, ya que solo tiene una función divisoria y no está
calculada para soportar peso adicional
• En la construcción de una cisterna para almacenamiento de agua que no cuente con las
responsiva de un profesional acreditado por la dependencia municipal correspondiente o
que caiga en alguno de los siguientes supuestos:
o Si la excavación para su construcción se realiza y queda expuesta sin efectuar trabajo
alguno por más de tres días.
o Si la cisterna presenta fugas de agua, estas se transmitirán al subsuelo afectando la
base de la vivienda.
o Si su ubicación es muy cercana al área de la cimentación de la vivienda.
• La impermeabilización pierde su garantía si:
o Se presenta un tránsito excesivo de cualquier tipo,
o Haya sufrido abrasión, perforaciones, colocación de antenas, tanque estacionario, etc.
o Retiro en cualquier parte de su superficie,
o Acumulación de basura.
o Ampliaciones ya sean de la misma vivienda o en alguna vivienda contigua y que dicha
ampliación o remodelación haya modificado la integridad original del
impermeabilizante.
• En baños y cocinas se pierde la garantía si:
o Los muebles de baño y cocina no han tenido un uso correcto
o El papel sanitario, pañales, toallas femeninas o algún otro desecho es arrojado por el
o El lavabo o algún otro mueble es desprendido o sufre algún desperfecto por someterlo
a algún peso adicional
o Al utilizar algún químico para la limpieza de las llaves de la tarja, lavabo o regadera.
• La Instalación hidráulica pierde su garantía si:
o Se realiza cualquier modificación a la instalación original,
o Se presenta un uso inadecuado de la instalación
o Se realizan perforaciones en los muros que tengan como consecuencia una afectación
en las alimentaciones de agua, descargas de drenaje o bajadas pluviales.
• La Instalación eléctrica pierde su garantía si:
o Se realiza cualquier modificación a la instalación original,
o La alimentación principal se daña por el sembrado de plantas o alguna modificación en
o Los focos y lámparas no son instalados correctamente y esto provocara algún corto
o Los contactos son sobrecargados con clavijas múltiples
o Se conecta algún aparato que no sea doméstico, como soldadoras, refrigeradores
industriales, equipos de sonido profesionales, equipos de aire acondicionado no
aprobados para vivienda, etc.
• Se pierde la garantía en la carpintería si:
o Las puertas presentan golpes
o Las puertas presentan alguna modificación
o Su posición original es alterada
Source: http://condominiosabino.co.nf/wp-content/uploads/2015/10/reglamento-arboledas-de-ciudad-bajio.pdf
Stärkung der Bienengesundheit über die Beifütterung von Pflanzenextrakten aus Viscum album (Iscador®) und Echinacea Zwischenbericht zum 2. Projektjahr 2012/2013 Dr. Johannes WirzForschungsinstitut am GoetheanumHügelweg 59CH – 4143 Dornach Das Bienenjahr 2012 zählte für viele ImkerInnen zu den schwierigen Jahren. Nach auffäl igwarmen Wochen Ende Februar und Anfang März waren die Völker in guter Verfassung. Siehatten grosse Brutnester und trugen ordentlich Pol en und Nektar ein – eine erfolgreiche Bienensaison schien gesichert.Doch im April und Mai waren die Tage entweder zu kühl oder zu regnerisch für ausgedehnte Bienenflüge. Bald waren die neuen Vorräte aufgebraucht. Die Schwarmstimmung setzte spät, erst Ende Mai oder Anfang Juni ein – und viele Imker meldeten Völkerverluste, weil Jungköniginnen nicht richtig begattet wurden. Ausserdem führte der frühe Bruteinschlag zu einer grossen Vermehrung der Varroa Milbe und entsprechend hohen Milbenzahlen in den Völkern. Die Honigernte blieb bei Wander- ebenso wie bei Standimkern unter dem langjährigen Durchschnitt.Trotz dieser Schwierigkeiten konnten im Projekt Besonderheiten beobachtet werden, die sich 2011 nicht zeigten. Weil 2011 einige ProjektteilnehmerInnen grosse, andere gar keineVölkerverluste hinnehmen mussten, konnten allfällige – positive oder negative – Effekte der beiden Pflanzenextrakte, Mistel und Echinacea, im Futter daher nicht abgeleitet werden. Darüber hinaus gab es auf den ersten Blick keine Korrelation zwischen der Belastung durch Milben und dem Ausfall von Völkern. Die meisten Verluste gab es 2011 v.a. bei Jungvölkern auf den Standorten Fischermühle (FiMü) und Hohengehren. In FiMü lag bei schwacher Volksentwicklung die Milbenbelastung weit unter 500 Varroen und wie inHohengehren blieben die Ursachen für die Ausfälle unklar. Die Ausgangssituation 2012 wargünstiger.
Islamic Governance and Democracy Intersection and Separation During the Iraq War in 2003, the U.S. administration of George W. Bush advocated "democratization of the Middle East region." Also, with the establishment, in Iran, of the Khatamī administration in 1997, lively discussions began on the relationship between the Islamic governance of Iran and democracy. Th