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WWP – Work with Perpetrators of Domestic Violence in Europe – Daphne II Project 2006 - 2008 Directrices para el desarrollo de unas normas para los
programas dirigidos a los hombres perpetradores de la
violencia doméstica

Version 1.1 Introducción

La violencia ejercida contra las mujeres ocurre en todos los países de Europa, siendo un problema
serio y generalizado. Este tipo de violencia es una manifestación de la desigualdad en las relaciones
de poder entre los hombres y las mujeres, que ha llevado a la dominación sobre y discriminación
contra las mujeres por parte de los primeros, al impedimento de su desarrollo íntegro, representando
una violación omnipresente de los derechos humanos y obstáculo importante a la igualdad de género1.
Los estados miembros de los organismos internacionales, como las NN.UU. y el Consejo Europeo, y
también los países de la UE, están vinculados por leyes internacionales y nacionales a ejercitar la
diligencia debida para prevenir, investigar y castigar los actos de violencia, sean perpetrados por el
estado o por personas físicas, y de proveer de ayuda a las víctimas2. La violencia doméstica contra las
mujeres supone un patrón de comportamiento controlador por parte de la (ex) pareja íntima, que
incluye, sin ser excluyente, la violencia física y sexual, el maltrato emocional, el aislamiento, la
violencia económica, las amenazas, la intimidación, y el acoso3. La violencia contra las mujeres en la
familia también afecta a sus hijos/as, que, a su vez, tienen el derecho a ser protegidos y recibir apoyo.
Las agencias que ejecutan programas dirigidos a los agresores asumen una gran responsabilidad ante todas las personas implicadas. El trabajo con los agresores de la violencia doméstica tiene como objetivo poner fin a la violencia y aumentar la seguridad de las víctimas de la violencia doméstica (mujeres y niños/as), pero también debe interpretarse como integrado en un proceso más amplio de cambios culturales y políticos hacia la abolición de las jerarquías entre género, la violencia de género, y la discriminación de género, tanto como las demás formas de violencia y discriminación personal y estructural. Las normas son necesarias para asegurar la calidad del trabajo y, particular y prioritariamente, la seguridad de las víctimas, y que el trabajo realizado no suponga un peligro para las parejas o los/as hijos/as de los participantes. Las directrices que siguen para el desarrollo de unas normas en el trabajo con los hombres agresores han sido recopilados por el consorcio del proyecto Daphne II "Work with Perpetrators of Domestic Violence in Europe – WWP" ("Trabajo con los Hombres Perpetradores de la Violencia Doméstica en Europa"), y desarrollados durante un taller internacional de expertos celebrado en Berlín en el 2008. Las directrices se dirigen a programas con los hombres perpetradores que usan la violencia contra sus parejas e hijos/as que comparten una relación de este tipo. Los programas existentes en los países europeos varían en cuanto a sus tareas, grupos destinatarios, financiación, base legal, y en muchos otros aspectos y condiciones de trabajo. Por tanto, estas directrices no pretender ser unas instrucciones detalladas, sino más bien, ofrecer a los programas con hombres agresores de un marco de referencia para el desarrollo de unas normas específicas para el ejercicio de un trabajo responsable. El apartado siguiente describe el objetivo y las precondiciones que deberán tenerse en cuenta para la realización de un trabajo responsable con los hombres agresores de la violencia doméstica. Las normas para el trabajo con los hombres agresores de la violencia doméstica deberán integrar las conclusiones nuevas de investigaciones y de las experiencias de buenas prácticas. Supone un proceso continuo en el intento de responder a la pregunta, ¿qué trabaja para cuáles hombres y bajo cuáles circunstancias? 1 Ver Declaración de las Naciones Unidas sobre la Eliminación de la Violencia contra la Mujer 1993 2 Ver Recomendación Rec(2002)5 del Comité de Ministros a los estados miembros sobre la protección de las mujeres contra la violencia adoptado el 30 abril 2002 3 Ver Declaración de Principios y Normas Mínimas para la Práctica 2004 de Respect WWP – Work with Perpetrators of Domestic Violence in Europe – Daphne II Project 2006 - 2008 Las precondiciones para el trabajo con los hombres perpetradores
A.1. Objetivo
El objetivo principal del trabajo con los hombres agresores es incrementar la seguridad de las víctimas de la violencia. Los programas dirigidos a los perpetradores deberán priorizar la seguridad de las parejas y de sus hijos/as a todos los niveles del programa. Dicho objetivo de estos programas deberá ser explícito, tanto para los mediadores como para los hombres con los que trabajan. A.2. Colaboración con los servicios de apoyo a las víctimas y los sistemas de
Los programas dirigidos a los agresores son sólo una parte de un sistema necesariamente más amplio de intervención contra la violencia doméstica, y no deberán ejecutarse de manera aislada ni ser implementados en lugares donde sean inexistentes los servicios de apoyo específicos para las víctimas. Los programas dirigidos a los agresores deberán contar con recursos complementarios y no depender únicamente de los servicios de apoyo a las víctimas. Para tratar de manera efectiva la violencia doméstica, los programas dirigidos a los agresores deberán ser parte íntegra de un sistema de intervención y de participación activa en alianzas y redes de agencias contra la violencia doméstica. Es de importancia particular la cooperación estrecha con los servicios ofrecidos a las mujeres víctimas y a sus hijos/as, para asegurar su seguridad tanto como lograr un tratamiento integral de la violencia doméstica. Dichos principios de cooperación deberán implementarse mediante la inclusión de los representantes de los servicios de apoyo a las mujeres como expertos en comités de pilotaje y en las juntas directivas de los programas dirigidos a los agresores. También son fundamentales la colaboración y la formación de redes con todos los demás servicios, agencias y profesionales que trabajan en el campo de la violencia doméstica (p. ej., el sistema judicial, los servicios sociales, los servicios sanitarios, y los servicios de protección de menores). La cooperación y la participación en las alianzas y redes deberán reconocerse y ser financiadas. A.3. El concepto explícito y la comprensión teórica
Los programas dirigidos a los agresores deben asentarse sobre un entendimiento y la actitud que la violencia contra las mujeres y los/as niños/as es inaceptable y que los hombres violentos son responsables de su uso de la violencia. Todos los miembros del equipo profesional que trabajan con los perpetradores se abstendrán de justificar, tolerar o minimizar cualquier forma de culpabilizar a la víctima, sino condenarla. Además, cada programa que trabaja con los agresores necesita de una comprensión explícita de unas teorías, que incluya los aspectos que siguen, sin ser excluyentes: • teoría de género - comprensión de la jerarquía y las masculinidades, incluyendo las influencias social, cultural, religiosa, étnica, y política, • definición de la violencia doméstica y de los tipos de maltrato, • orígenes de la violencia - entendimiento de las causas y de los mecanismos que desembocan en la violencia, • teoría de la intervención/teoría del cambio - comprensión de por qué se supone que las intervenciones propuestas cambian las actitudes y los comportamientos violentos de los participantes. Dichas consideraciones teóricas deberán conducir a un concepto, explícito y presentado por escrito, sobre el trabajo con los agresores. Como guía para el desarrollo de tal concepto, están disponibles algunos modelos descritos detalladamente. WWP – Work with Perpetrators of Domestic Violence in Europe – Daphne II Project 2006 - 2008 A.4. Enfoque sobre las dimensiones relevantes para el uso de la violencia
Para poder dirigirse de manera adecuada a la complejidad de la violencia que los hombres utilizan contra sus parejas, la intervención deberá enfocarse sobre las dimensiones relevantes e importantes relacionadas con el fenómeno, susceptibles de ser organizados en un modelo ecológico4: −Factores socioculturales incluyendo el contexto social desde el enfoque de género, la relación en nuestras sociedades de poder desigual entre los hombres y las mujeres, la persistencia de la violencia como método para afrontar el conflicto en nuestras culturas, las sanciones sociales y del sistema judicial ante el uso de la violencia doméstica, etc. Factores de las relaciones incluyendo las relaciones de poder en la pareja desde el enfoque de género, los patrones ante la solución de conflictos y de la comunicación, etc. Factores personales del individuo que podrán dividirse en las categorías que siguen: 1. Factores cognitivos incluyendo las creencias y las actitudes respecto de las relaciones de género y los roles, las expectativas de la relación (p. ej., el amor romántico), de la pareja y de sus hijos/as (p. ej., derecho a recibir servicios), y de uno mismo (p. ej., masculinidad e identidad), 2. Factores emocionales incluyendo la regulación basada en el género (identificación, comprensión y expresión) de los sentimientos de enfado, frustración, fracaso, vergüenza, envidia, miedo, etc. y los patrones experienciales sobre los cuales se fundamentan (estilos de apego, sentido de la identidad, las expectativas, etc.) 3. Factores comportamentales incluyendo la sustitución de los comportamientos violentos y controladores basados en el enfoque de género por habilidades y destrezas para una relación respetuosa e igualitaria, como son la empatía, la comunicación y la resolución de conflictos, gestión del estrés y del enfado, etc. Principios importantes para el trabajo con los hombres agresores
B.1. Contacto con y apoyo para la pareja
Para aumentar la seguridad de la pareja del agresor, los programas dirigidos a los agresores deberán asegurar que las parejas de los hombres son informadas de los objetivos y del contenido del programa, sobre sus limitaciones (p. ej., que no suponen una garantía de la no violencia), sobre cómo el hombre podrá utilizar su participación en el programa para manipular o controlarla aún más, y respecto de sus posibilidades para recibir apoyo y planificar su seguridad propia. La información aportada por la pareja deberá incluirse en la valoración del riesgo y en la evaluación del agresor. Se deberá advertir a la mujer si su pareja deja de asistir al programa o si los mediadores perciben que exista algún riesgo para la mujer o para sus hijos/as. Deberá asegurarse que el contacto por parte de la pareja sea completamente voluntaria para ellas, y que no implica una responsabilidad en cuanto a la participación del agresor en el programa, o de su progreso en el mismo. Las necesidades de la mujer deberán ser respetadas, y se harán todos los esfuerzos para minimizar cualquier riesgo posible relacionado con el contacto entre la pareja. El contacto con la pareja podrá facilitarse mediante un servicio de apoyo a las víctimas o por el mismo programa de atención a hombres agresores. B.2. Política de protección de los menores
Los/as niños/as que viven unas relaciones de maltrato son siempre (directa o indirectamente) afectados por la violencia doméstica. Por tanto, los programas que trabajan con los agresores deberán priorizar la perspectiva de estos menores, tanto en su actividad directa con los hombres como a nivel de su integración dentro de un sistema de intervención más amplio y en la cooperación con otras entidades. El programa deberá establecer una política específica sobre la protección de menores, que contemple 4 Ver Bronfenbrenner 1979, Dahlberg & Krug 2002 WWP – Work with Perpetrators of Domestic Violence in Europe – Daphne II Project 2006 - 2008 pasos concretos a ejecutarse en el caso que un menor esté en riesgo, adaptada al contexto local y a la normativa legal. Los efectos de la violencia doméstica sobre los/as niños/as y el rol como padre de los participantes deberá formar parte del currículo de los programas dirigidos a los agresores. B.3. Aproximaciones y actitudes en el trabajo directo con los agresores
Los programas dirigidos a los agresores se fundamentan en la creencia de la capacidad para el cambio que tienen las personas. Los programas dirigidos a los agresores deberán responsabilizar a los hombres con los que trabajan por la violencia que utilizan y destacar la necesidad de que asuman la responsabilidad por sus comportamientos violentos y sus consecuencias. Aún así, es imprescindible que el profesional implicado trate al agresor respetuosamente y como personas con valor intrínseco. Uno de los supuestos básicos sobre los cuales fundamentar el programa deberá ser el uso de la violencia como una elección. Por tanto, uno de los primeros objetivos a lograr en el trabajo con los hombres deberá ser ayudarles a reconocer que eligen utilizar la violencia. Las explicaciones de negación, justificación, excusas o de culpabilizar a los demás o a las circunstancias deberán ser retadas e invalidadas. Un enfoque detallado sobre el comportamiento violento, la reconstrucción de los actos específicos, los pensamientos y los sentimientos, ayudarán a los hombres a reconocer su papel activo en el uso de la violencia. Una exploración íntima de los muchos y diferentes impactos y las consecuencias que tiene la violencia sobre sus parejas e sus hijos/as ayudará a promover en los hombres la empatía, la responsabilidad y la motivación para cambiar. Los profesionales que trabajan con ellos deberán asegurar que los clientes, las víctimas y los agresores no sean perjudicados de ninguna manera por los enfoques implícitos del programa. Deberán reconocer que, en algunos casos (p. ej., cuando hay abuso del alcohol, trastornos de la personalidad) podrá ser más apropiado derivar a la persona a otro servicio más adecuado según su caso. B.4. Valoración del riesgo
La valoración sistemática del riesgo deberá ser implementado. La identificación de los hombres con un riesgo elevado de ser violentos permite a los mediadores iniciar las medidas más adecuadas para asegurar la seguridad de las víctimas y aportar información importante respecto de las necesidades de tratamiento específicas. La valoración del riesgo deberá hacerse y ser documentada tanto durante la fase de admisión al programa como en cualquier momento que el comportamiento del agresor o la situación indique un posible cambio en cuanto al riesgo. En la valoración del riesgo deberá incluirse el mayor número de fuentes de información posibles, particularmente la perspectiva de la pareja, y de informes policiales e información de cualesquiera otras agencias que atienden al participante o a su familia. Se tendrá en cuenta las limitaciones de la exactitud en las valoraciones del riesgo. B.5. Capacidad del equipo profesional
Para tener un nivel de calidad elevado en el trabajo con los agresores, más allá de un entrenamiento básico, los miembros del equipo de mediadores deberán contar con las capacidades siguientes: • Compromiso con las relaciones sin violencia y con la igualdad de género • Formación especializada en la sensibilización sobre la violencia • Auto reflexión sobre la relación personal en cuanto a los roles de género y las identidades y la sensibilidad ante las jerarquías y el sexismo de género • Auto análisis sobre la tendencia personal hacia el comportamiento violento o dominante, y concienciación sobre la historia personal de violencia • Comprensión integral de las dinámicas de las relaciones violentas • Formación y supervisión continua • Habilidades para el trabajo como miembro de un equipo (para los mediadores grupales)


WWP – Work with Perpetrators of Domestic Violence in Europe – Daphne II Project 2006 - 2008 Si los mediadores no son profesionales sujetos a un código ético regulador (p. ej., colegio de psicólogos/psicoterapeutas), los temas éticos deberán regularse de manera específica, como son la confidencialidad, la protección de datos, la relación entre mediador-cliente, etc. B.6. Control de la calidad, la documentación y la evaluación
El control de la calidad, la documentación y la evaluación del trabajo deberán ser parte integral de todos los programas. Los programas dirigidos a los agresores deberán documentar y evaluar sus procesos y resultados. Los mediadores deberán crear e implementar unas medidas para la valoración continua de sus procesos y los resultados de su trabajo, y relacionarlos con las conclusiones de las buenas prácticas y las investigaciones nacionales, y cuando posible, internacionales. Estas medidas deberán incluir: • la supervisión y las reuniones de equipo periódicas, • la documentación del trabajo de forma continua, • el análisis de dicha documentación, • la evaluación interna y externa de los resultados del programa. Una descripción más detallada de los aspectos importantes respecto de la documentación y de la evaluación podrá encontrarse en la página web (ver abajo). C. Más información
Estas directrices para los programas que trabajan con los hombres perpetradores de la violencia doméstica podrán ser de aplicación para el desarrollo o la revisión de las normas de los programas. Enlaces a los documentos existentes sobre las normas que pueden servir como ejemplo para una elaboración detallada de las mismas, y más información, pueden encontrarse, en la página www.work-with-perpetrators.eu. WWP – Work with Perpetrators of Domestic Violence in Europe El Proyecto WWP – Work with Perpetrators of Domestic Violence in Europe (Trabajo con los Perpetradores de la Violencia Doméstica en Europa) ha sido financiado entre 2006 – 2008 por El Programa Daphne II para combatir la El Ministerio de Asuntos de Familia, la violencia contra los Menores, los Jóvenes Tercera Edad, las Mujeres y los Jóvenes y las Mujeres (UE)

Source: http://wwp.webseiten.cc/fileadmin/WWP_Network/redakteure/2006_-_2012/guidelines/wwp_standards_es_2008_vers_1_1.pdf

Racemic drugs

RACEMIC DRUGS AND ENANTIOMERS Identifying the really useful innovations Many drugs are available as racemic mixtures or 50:50 mixtures of two molecules (enantiomers) that are different merely by one being the non- superimposable mirror image of the other. There are normally two classifications used for en- antiomers: the first one distinguishes the two

Pii: s0305-1978(02)00029-7

Biochemical Systematics and Ecology 30 (2002) 837–854 Phytochemical variation within populations of Echinacea angustifolia (Asteraceae) Shannon E. Binns a, John T. Arnason a,∗, Bernard R. Baum b a Biology Department, University of Ottawa, 30 Marie Curie St., Ottawa, ON K1N 6N5, Canada b Eastern Cereal and Oilseed Research Centre, Agriculture and AgriFood Canada,

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